A los lugares de trabajo ya utilizados antes de la día de entrada en vigor del presente Real Decreto, exceptuadas las partes de los mismos que se modifiquen, amplíen o transformen luego de dicha día, les serán de aplicación las disposiciones de la parte A) del presente anexo con las https://jaredcmulx.blog2news.com/36376873/notas-detalladas-sobre-protocolos-de-bioseguridad